Emisión y entrega de títulos

Como institución de acogida, cada universidad expedirá el diploma correspondiente cuando el estudiante haya aprobado todos los créditos establecidos en el plan de estudios de la institución anfitriona, y siempre de acuerdo con la normativa vigente en el momento de obtener el grado al país correspondiente.

Cada universidad expedirá el diploma correspondiendo una vez recibida, de la institución de acogida, toda la documentación relacionada con el programa de movilidad que demuestra que los estudiantes han completado todos los cursos en la universidad de destino y todos los temas que figuran en el plan de estudios de la institución de origen, siempre de acuerdo con la normativa vigente en el momento de obtener el grado al país correspondiente.

Los diplomas se librarán personalmente a los estudiantes de la institución de acogida a raíz de la legislación vigente. Las copias serán enviadas a la institución de origen. En el caso del título español, los estudiantes finlandeses serán informados que tendrán que pagar un impuesto adicional para emitir el certificado. Este impuesto se paga también por los estudiantes españoles puesto que el diploma es expedido por el Ministerio de Educación español.