Víctimas 'invisibles' del tráfico de personas por explotación criminal

Una investigación de la UdL propone mejorar la formación para detectarlas e introducir una cláusula de no procesamiento

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El sistema policial y judicial español no detecta muchas víctimas de tráfico de personas al margen de las que son explotadas sexualmente, como por ejemplo las que se han visto empujadas a cometer delitos. Para corregirlo, habría que mejorar la formación de los profesionales, aplicar efectivamente la cláusula de exención de responsabilidad criminal ya prevista al Código Penal e incluir otra de no procesamiento. Así lo indica una investigación liderada por la catedrática de Derecho Penal de la Universitat de Lleida (UdL), Carolina Villacampa. Las conclusiones se han publicado en dos artículos a International Review of Victimology y European Journal donde Criminal Policy and Research.

La catedrática de la UdL ha trabajado con Nuria Torres, de la Universitat Rovira i Virgili, entrevistando en primer lugar internas de dos prisiones catalanas y después, profesionales del sistema de justicia penal y del ámbito asistencial a las víctimas. Las investigadoras han hablado con policías nacionales, mozos de escuadra, fiscales, jueces, abogados, funcionariado de prisiones, miembros de ONG y personal de servicios de atención a las víctimas de delitos de tráfico a Madrid, Barcelona, Lleida y Tarragona.

Carolina Villacampa parte de la premisa que hay que proteger las víctimas del tráfico de seres humanos para explotación criminal en las mismos términos que las otras, como por ejemplo las explotadas sexualmente, de acuerdo con el principio de no punición de las víctimas. Un caso paradigmático es el de las llamadas 'mulas' que transportan sustancias estupefacientes. "Desde que son detenidas, habitualmente al mismo aeropuerto, son consideradas delincuentes, sin investigar su posible estatus de víctima de explotación", explica Villacampa.

La condición de delincuente que se atribuye a estas víctimas se mantiene durante todo el proceso judicial. "Los fiscales son reticentes a considerar las 'mulas' como víctimas, aludiendo tanto a la gravedad del delito cometido cómo al hecho que el viaje supone una separación espacial y temporal de cualquier explotación sufrida", recoge el estudio. Una percepción que comparten los funcionarios de prisiones, para los cuales "la existencia de una condena parece suficiente porque estos profesionales no cuestionen si la persona puede ser también víctima de otro delito", según esta investigación.

Sin embargo, los funcionarios y las funcionarias de prisiones son receptivos a la posibilidad que, precisamente durante la reclusión, las víctimas puedan lograr la confianza necesaria para revelar la verdad de su experiencia. Entonces es cuando explican "si realmente fue una decisión propia o fueron forzados a hacerlo por conocidos, amigos, dependencia emocional, violencia, coacción o amenazas a sus familias", destaca Villacampa.

La investigación liderada por la UdL revela que al sistema español la identificación de las víctimas de tráfico de personas recae únicamente en la policía. Las investigadoras creen que la autoridad para detectarlas tendría que ir más allá de ciertos agentes especializados de las fuerzas de seguridad, incluyendo otros profesionales, ya sean del sistema de justicia penal o de asistencia a las víctimas. "Habrá que hacer las modificaciones pertinentes al protocolo de protección de víctimas de tráfico de personas, que hoy por hoy limita la tarea de identificarlas a fuerzas policiales especializadas", afirman.

Las conclusiones también plantean que hay que mejorar la formación de los profesionales de la justicia penal "para entender que el tráfico es un fenómeno complejo que incluye también procesos de explotación de las víctimas en la comisión forzada de delitos". En este sentido, las investigadoras afirman que los profesionales "tienen que ser conscientes del significado y del contenido del principio de no punición a las víctimas de tráfico, la aplicación del cual no se puede ver limitada a una determinada categoría de delitos o para víctimas de un determinado tipo de tráfico".

Además de ampliar la formación de los profesionales más allá de los casos de tráfico para explotación sexual, adicionalmente y a nivel regulador creen que "se tendría que tener en cuenta la inclusión en la legislación nacional española de una cláusula que condujera directamente a la ausencia de procesamiento de estas víctimas, a la vez que hay que fomentar una interpretación menos restrictiva de la idea de proporcionalidad para aplicar la cláusula de no punición a las víctimas de tráfico para la comisión forzada de delitos ya prevista al Código penal español". 

 

Texto: Oficina de prensa UdL